Publicado en El Heraldo de Concordia del 18/10/2014
Los impuestos que gravan el consumo eléctrico de los hogares entrerrianos son los más elevados del país. Sumando los impuestos nacionales, los provinciales y los municipales la carga tributaria puede superar el 65 % del valor que recibe la Empresa o Cooperativa que realice la distribución.Dos gravámenes son municipales: la Contribución municipal (8,6956 %) y la Tasa de Alumbrado Público, variable según el Municipio, pero oscila entre un 13 % y un 16 %. La Provincia a su vez grava con un impuesto denominado Fondo de Desarrollo Energético de Entre Ríos Ley 8916 (13 % o 18 % según la cantidad de kwh consumidos). La Nación finalmente es responsable por dos tributos: el IVA (21 %) y el Fondo destinado a la provincia de Santa Cruz (Ley 23.681) del 0,6 %. Y la suma de estos impuestos arroja la carga tributaria más elevada del país; aunque a bastante distancia, le siguen la Provincia de Buenos Aires o la Provincia de San Juan, pero bastante por debajo del 65 % que grava los consumos de los hogares entrerrianos. En el otro extremo están aquellas jurisdicciones donde la carga tributaria sobre el consumo eléctrico residencial es muy pequeña. Pueden mencionarse aquí la Ciudad de Buenos Aires y la Provincia de San Luis. En la Capital Federal en efecto los consumos residenciales son gravados con una Contribución Municipal al 6,383 % y los dos impuestos Nacionales ya mencionados, IVA (21 %) y Fondo de la Provincia de San Cruz (0,6 %), de modo que la carga tributaria total es inferior al 30 %. En la Ciudad de San Luis el tratamiento es igual que el que reciben los porteños: Contribución Municipal de 6,383 % y los dos impuestos nacionales.
En la Provincia de Santa Fe los impuestos también son bastante menores. Un pequeño impuesto provincial para constituir un Fondo para Energías Renovables ( ley 12692) que hoy tiene un valor insignificante, $ 1,04 por bimestre y la cuota de Alumbrado Público que cada hogar debe pagar a la Empresa Provincial de Electricidad (EPE) que como máximo puede llegar a $ 45 por bimestre si se consumen más de 1000 kwh. Los municipios por su parte gravan con diferentes valores, pero en ningún caso llegan a hacerlo a los elevados valores que cobran los municipios entrerrianos. En Santa Fe Capital por ejemplo la Municipalidad percibe sólo el 6 % de la factura básica por imperio de la ley provincial 7797. El Municipio rosarino en cambio percibe, además de este 6 %, el 2,2 % por disposiciones muy antiguas, Ordenanzas 1592 y 1618 ambas sancionadas en 1962.
Esta elevada carga tributaria en la provincia introduce una cuña de magnitud entre lo que recibe la Empresa que presta el servicio y el valor de la factura que paga el usuario. En el medio están los impuestos. Un hogar de Concordia que consuma 600 kwh en un bimestre deberá pagar una factura de $ 465. Pero sólo el 59 % quedará para la Cooperativa Eléctrica y el resto será para impuestos: 15 % para la Municipalidad, 12 % para la Provincia y 14 % será para la Nación y para la Provincia de Santa Cruz. En Rosario esta distribución es bastante diferente ya que la Empresa de Electricidad recibirá el 77 % , la Municipalidad el 6 % y la Nación y la Provincia de Santa Cruz un 17 %. El cargo por alumbrado público en la Provincia de Santa Fe además lo cobra y administra directamente la Empresa de Electricidad; en Entre Ríos en cambio la empresa que distribuye (Enersa o Cooperativa Eléctrica) percibe dos gravamenes que son de los Municipios (Contribución Municipal y Tasa de Alumbrado Público). Se supone que la empresa que presta el servicio le acreditará a cada Municipalidad el sobrante luego de cobrarse el suministro para el alumbrado público en las diferentes ciudades de la Provincia. Un dato relevante sería finalmente conocer cuál es el resultado final de ese balance.
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